La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 2023 ha declarado que las tarjetas revolving cuyos intereses sean superiores a 6 puntos porcentuales respecto del tipo medio de interés en el año en que el consumidor contrató la tarjeta revolving será calificado como usurario y, consecuentemente, la entidad bancaria deberá ser condenada a devolver la cantidad que de lo abonado por el consumidor que exceda del capital “prestado”, sin devengo alguno de interés.

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